Ciudad de México (El Observador Diario).- El empresario de origen chino, Zhenli Ye Gon, obtuvo mediante un juicio de amparo la protección de la justicia federal para obtener lo que el considera un dato “trascendente para salvaguardar el debido proceso penal que se le sigue” en Estados Unidos por lavado de dinero y delitos contra la salud.
Con ello, el gobierno mexicano está obligado a proporcionarle la fecha exacta en la que fue detenido en Estados Unidos.
Actualmente se encuentra preso en el Cefereso número 1, Altiplano.
En la resolución del amparo presentada ante el juzgado sexto de distrito en materia penal con sede en la Ciudad de México, no se detalla cual es la “trascendencia” del dato solicitado por Ye Con.
El empresario de origen chino fue detenido en julio de 2007 en Estados Unidos, y entregado a México en octubre de 2016.
El asiático enfrenta en territorio nacional cargos por lavado de dinero, delitos contra la salud y delincuencia organizada.
Gobierno federal le incautó más de 200 millones de dólares en efectivo
Su caso trascendió porque mientras el ciudadano de origen chino se encontraba en Estados Unidos, las autoridades mexicanas incautaron en su residencia de las Lomas de Chapultepec, 207 millones de dólares en efectivo.
Información solicitada Ye Gon es trascendente para su proceso
En la resolución el juez Juan Mateo Brieba de Castro, señaló que la información que durante meses Ye Gon pidió a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y a la Fiscalía General de la República (FGR) es “trascendente para salvaguardar el debido proceso penal que se le sigue en su contra”.
El juez del proceso debe tener toda la información posible
De acuerdo con la información difundida a través del portal del Órgano de Administración Judicial, el juzgador estableció que su decisión era otorgarle la protección federal.
El juzgador decidió que:
“A fin de que el solicitante del amparo cuente con las herramientas necesarias para afrontar el poder punitivo del Estado».
El togado consideró que «es necesario que el juez del proceso tenga toda la información posible para resolver la situación jurídica del procesado.»
Brieba de Castro señaló “que el actuar de la responsable no fuera consistente con el artículo 17 de la Carta Magna.
El mandamiento constitucional dice que:
«A toda autoridad la búsqueda de la justicia sustantiva; pues dada su relación con el proceso penal, debió remitir el planteamiento de la solicitud al juez que tiene a su cargo el proceso.
Según lo resuelto, el juez “a cuyo cargo está el expediente en el cual debería estar la información que solicitó el promovente”.
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